Roams Logo
×
Icono de Drones Drones

Categoría abierta en drones: normativa y formación

logo Roams
Última actualización: 19 de junio de 2023
David Salazar
En pocas palabras

Actualmente la normativa se divide en tres categorías de operación y clases de UAS. Se tratan de la categoría abierta de drones, la categoría específica y la categoría certificada, siendo la categoría abierta la que regula las operaciones con un riesgo operacional bajo, dividiéndose a su vez, en tres subcategorías según el modelo de dron utilizado.

Manos de una persona buscando en el ordenador lo que signifca la categoria abierta en drones

¿Qué es la categoría abierta de drones?

La categoría abierta de drones cubre aquellas operaciones catalogadas de bajo riesgo y complejidad operacional y no están sujetas a ninguna declaración operacional ni autorización previa al vuelo por parte del operador del UAS (1) .

Dentro de la categoría abierta puedes encontrar tres subcategorías:

  • Subcategoría A1: en esta subcategoría la normativa permite el sobrevuelo de personas no participantes en la operación y nunca permite el vuelo sobre concentraciones de personas. Los UAS/drones que comprende esta subcategoría son aquellos de construcción privada con MTOM de menos de 250g o los de marcado de clase C0 y C1. A los drones de clase C1 no se los permite volar por encima de personas no participantes ni sobre concentraciones de personas.
  • Subcategoría A2: los drones de clase C2 no pueden volar por encima de personas no participantes, pero sí se permite volar cerca de ellas, manteniendo siempre una distancia de seguridad, como mínimo, de 30 metros o 5 metros en caso de volar en modo de baja velocidad.
  • Subcategoría A3: esta subcategoría comprende los drones de clase C2, C3, C4 y construcciones privadas de menos de 25kg. Permite la operación en áreas donde no se espera poner en peligro a personas no participantes, manteniendo el dron, además, a una distancia de seguridad de más de 150 metros de áreas residenciales, industriales, recreacionales o comerciales.

Para operar un dron en esta categoría, el operador del UAS debe registrarse en la sede electrónica de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) siempre y cuando el dispositivo con el que se opere tenga un MTOM de más de 250g. Tras registrarte como operador de UAS, se deberá añadir el número de registro en tu dron. Además, la edad mínima para operar un dron en categoría abierta es de 16 años.


Formación adecuada para la categoría abierta de drones

La formación adecuada para la categoría abierta de drones depende del tipo de UAS con el que se opere y de la subcategoría de la que se trate. Tanto la formación como el examen para las subcategorías A1/A3 y A2 se realizan mediante la plataforma de AESA, y en todas las subcategorías el operador deberá estar previamente familiarizado con el manual de usuario facilitado por el fabricante del dispositivo.

Para obtener la licencia para pilotar drones en categoría abierta, deberás superar correctamente, al menos, un 75% de las preguntas del examen en dos intentos. Este certificado tiene una validez de 5 años y se puede renovar mediante la misma plataforma de AESA antes de su expiración.


Diferencias entre la categoría abierta y específica en drones

La normativa dice que cuando un operador se encuentra en una operación de vuelo que no se incluye dentro de la categoría abierta, esta pasa a formar parte de la categoría específica, siempre y cuando no cumpla las condiciones de categoría certificada.

Son varias las diferencias entre una categoría y otra, ya sea por el tipo de dron, el riesgo de vuelo o los requerimientos a la hora de volar.

Categoría abierta Categoría específica
Riesgo operacional Bajo Medio
Clase de UAS C0, C1, C2, C3 y C4 C5 y C6
Requerimientos No se requiere autorización ni declaración Se requiere declaración en escenarios estándar (STS)

¿Ha cambiado la normativa para la categoría abierta en drones?

El 31 de diciembre de 2020 la normativa cambió en el marco europeo, lo que afectó a todos los drones independientemente de si su uso era recreativo o profesional, salvo las actividades no AESA como son las de los cuerpos de seguridad, lucha contra incendios o salvamento. Esta normativa tampoco aplica a operaciones realizadas dentro de un espacio interior cerrado.

Con esta nueva normativa, por lo tanto, se eliminan las operaciones en áreas recreativas y profesionales y se comienzan a denominar tres diferentes categorías en relación con el riesgo que conlleve la operación.


Es de gran importancia conocer cuál es la normativa actual, por lo que antes de adquirir un dron, asegúrate de cuáles son las condiciones de vuelo según las características de tu dispositivo y del lugar en el que desees realizar la operación, ya que las multas por no cumplir la normativa vigente pueden ser cuantiosas.

Fuentes del artículo

    Nuestra metodología
    Roams ofrece un servicio informativo y de comparativa gratuito, que trata de ayudar a cualquier persona a encontrar el producto que mejor se adapte a sus necesidades. Para asegurarnos de que los datos presentados sean correctos, se realizan investigaciones de mercado y análisis exhaustivos de productos. Nuestra base de datos de drones se actualiza todos los días. El contenido lo revisa de manera frecuente un equipo de redactores con experiencia previa y/o formación específica en drones.

    Personas que han participado en este post:

    David SalazarRoams
    Actualizado por David Salazar

    David es el analista del producto de seguros en Roams. Conoce el condicionado de todos y cada uno de los productos de las aseguradoras que trabajan con distintos ramos. Además, David es piloto de drones, por lo que aporta su conocimiento al hablar de normativas y dispositivos en este sector.

    Nadia Pérez
    Editado y revisado por Nadia Pérez